Una forma fácil de entender la renta de no residentes
Cuando una persona que no es residente fiscal tiene un inmueble en propiedad en España y lo alquila, debe tributar por el rendimiento obtenido. Además, Hacienda también obliga a pagar impuestos por los días en los que no está alquilado. Sin importar si estaba vacío u ocupado por ti, tu familia o amigos. Es lo que se conoce como «imputación de rentas».
No declarar y presentar estos impuestos puede acarrear recargos y sanciones. Podemos ayudarte a evitarlos.

Realizar tus gestiones nunca fue tan fácil
Queremos que puedas realizar tus gestiones de la forma más cómoda posible. Y queremos que sepas que tu tranquilidad es la nuestra.
Rápido, fácil y seguro
Recopilamos e introducimos automáticamente gran parte de la información necesaria. Te pedimos menos datos que un asesor o gestor. Y garantizamos su máximo nivel de protección como colaborador social de la Agencia Tributaria.
Preciso
Calculamos tu cuota del impuesto mediante un proceso diseñado por nuestros expertos fiscales. Así tú no tienes que preocuparte de nada.
Tú tienes el control
Donde y cuando quieras. Todos los pasos son 100% online. Mantenemos contigo una comunicación eficaz y trasparente de principio a fin.
Cómo funciona
Son solo tres pasos:
Te registras
Rellenas un breve formulario y accedemos a tus datos fiscales.
Lees y firmas nuestra oferta de servicios
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Nos encargamos de todo
Confirmamos que la información introducida es correcta. Calculamos y presentamos tus impuestos manteniéndote informado durante todo el proceso.
Un servicio sin complicaciones
Creemos que debería ser fácil para ti cumplir con tus obligaciones fiscales como no residente, independientemente de dónde vivas y de si hablas o no español.
Por ello, puedes contratar nuestros servicios para elaborar y presentar por ti tu renta de no residente. Podrás evitar errores y sanciones en tus declaraciones de impuestos.
Online, sin desplazamientos y sin descolgar el teléfono. A tu ritmo. Cuando y desde donde quieras.
Quiero saber más
Por norma general, si permaneces menos de 183 días al año en España no eres considerado residente fiscal. Sin embargo, hay excepciones. Por ejemplo, que tu cónyuge e hijos residan habitualmente en España. O que Hacienda considere que el núcleo de tus intereses económicos está en este país.
Esto último es una cuestión compleja de determinar. Si tienes dudas sobre tu situación fiscal, puedes contratar un informe personalizado de la mano de un asesor fiscal. Este es un servicio aparte. Te lo ofreceremos una vez completes el formulario.
Así es. Incluso si no alquilas tu propiedad, deberás pagar lo que se conoce como renta inmobiliaria imputada. Al tener tu propiedad sin alquilar, Hacienda considera que podrías alquilarla y obtener un ingreso. Por lo que cuantifica esa posibilidad en una cantidad determinada y te hace tributar por ello.
Si tu vivienda ha estado en algún momento vacía u ocupada gratuitamente por ti, un amigo o familiar, se produce la imputación de rentas. Y hay que pagar impuestos.
Sí. Estarás obligado a pagar el impuesto por imputación de rentas inmobiliaria. Esta corresponde al número de días en los que la propiedad haya estado a tu nombre sin estar alquilada hasta su venta. Independientemente de otros impuestos que debas declarar, como los relativos a la propia venta.
Sí. Hacienda no realiza distinciones en este sentido. Por lo que debes pagar impuestos por imputación de renta inmobiliaria.
Deberás presentar una declaración por cada propiedad en España en la que seas propietario.
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